¿Protección o blindaje político? Lo que realmente significa el fuero constitucional

¿Protección o blindaje político? Lo que realmente significa el fuero constitucional

Foto: Magnific

La Fiscalía General de la República (FGR) citó a comparecer al gobernador con licencia de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, y a la gobernadora de Chihuahua, María Eugenia “Maru” Campos, en el marco de dos investigaciones federales de alto perfil relacionadas con presuntos vínculos con el crimen organizado y cooperación de agencias estadounidenses en territorio mexicano.

 

En el caso de Rocha Moya, el citatorio forma parte de las indagatorias derivadas de señalamientos hechos por autoridades de Estados Unidos sobre presuntos nexos de funcionarios sinaloenses con “los Chapitos”, facción del Cártel de Sinaloa.

 

Por otro lado, Maru Campos fue llamada por la FGR como testigo dentro de la investigación sobre un operativo llevado a cabo en abril pasado en la Sierra Tarahumara, donde presuntamente participaron agentes estadounidenses, incluidos dos elementos vinculados con la CIA que murieron durante la acción contra un narcolaboratorio clandestino.

 

La mandataria panista confirmó públicamente que acudirá a la cita programada para el 27 de mayo, aunque subrayó que cuenta con fuero constitucional.

 

 

 ¿Qué implica el fuero constitucional?

 

El fuero constitucional es una figura contemplada en el artículo 111 de la Constitución Mexicana y diseñada originalmente para proteger la autonomía de los poderes públicos frente a persecuciones políticas.

 

El fuero no significa inmunidad absoluta ni impide que un funcionario sea investigado. La FGR puede citarlo, solicitar información, tomar testimonios y hacer diligencias ministeriales. Lo que sí restringe es la posibilidad de ejecutar actos coercitivos, como órdenes de aprehensión, vinculación a proceso o medidas cautelares, sin antes llevar a cabo un procedimiento de declaración de procedencia o desafuero.

 

En el caso de gobernadores en funciones, la Cámara de Diputados debe emitir dicha declaración y posteriormente comunicarla al Congreso local correspondiente.

 

Especialistas en derecho constitucional, señalan que la comparecencia voluntaria de Maru Campos no implica renunciar al fuero, sino colaborar con las investigaciones. Asimismo, destacan que la Fiscalía puede citar legalmente a servidores públicos aforados, especialmente cuando comparecen en calidad de testigos. 

 

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