La Juez Noveno de Distrito en el Estado de Puebla, en el juicio de amparo 498/2012, negó la suspensión definitiva solicitada por la empresa “Tratamiento de Agua de Puebla S.A de C.V.”, de la ocupación de las plantas de tratamiento residuales que administraba la quejosa, por parte del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Puebla (SOAPAP).
Entre otras razones, la Juez negó la suspensión porque no se reunían los requisitos de ley, “pues de concederse se contravendrían disposiciones de orden público y se afectaría el interés social”, escribió.
Esto refrenda que las acciones de recuperación emprendidas, han tendido a garantizar el interés colectivo.
Notas Relacionadas
CITRAA dará valor agregado a las y los productores de San José Chiapa
30 de octubre de 2026
26 bandas de música participaron en el “Pasacalle Cempasúchil Sonoro”
30 de octubre de 2026
En Puebla, hasta morir se está volviendo un lujo
29 de octubre de 2026
En Puebla, hasta morir se está volviendo un lujo
29 de octubre de 2026
Ayuntamiento de Amozoc mejora accesos a panteones
29 de octubre de 2026
Coordina Cuautle operativo por las fiestas de Todos Santos